Norma en vigor desde el 1 de julio de 2011 en lo relativo a cancelaciones hoteleras (BOPA Nº 133 del viernes 10 de junio de 2011, modificación al Reglamento de Establecimientos Hoteleros aprobado por Decreto 78/2004, artículo 13):
- En todo momento el usuario podrá desistir de la reserva efectuada, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado.
- No obstante, lo anterior, cuando el desistimiento le sea comunicado con más de quince y menos de veintiún días de antelación al señalado para la ocupación, el titular del establecimiento podrá retener el 50% del importe del depósito, o la totalidad del mismo si la comunicación se efectúa dentro del plazo de quince días anteriores a dicha fecha, salvo que, por pacto expreso y específico, cuya prueba incumbirá al empresario, se alteren estos umbrales.
- Si el cliente no llega al establecimiento ni avisa mediante llamada telefónica antes de las veinte horas del día señalado para el comienzo de la estancia, se entenderá anulada la reserva.
Nota:
- A toda cancelación con devolución de dinero entregado se le descontará un gasto fijo por cuenta del cliente de 6 euros.
Horarios:
Entrada, de 13.00 a 20.30
Salida, antes de las 11.30
Limpieza, hasta las 13.00
Desayunos, de 08.30 a 10.30